Deberes
DEBERES
Los colegiados tienen las siguientes obligaciones:
- Cumplir las prescripciones de los Estatutos, Reglamento de Régimen Interior y acuerdos que se adopten por los órganos directivos y de gobierno del Colegio.
- Satisfacer puntualmente las cuotas colegiales.
- Asistir a las Juntas o comparecer ante los órganos directivos o de gobierno siempre que fuesen requeridos para ello.
- Desempeñar los cargos para los que fuesen designados.
- Realizar las comisiones que les fueren encomendadas por el Colegio.
- Ejercer la profesión con arreglo a la más pura ética.
- Poner en conocimiento del Colegio los supuestos de intrusismo profesional o de competencia ilegal de que fueran conocedores.
- Someter al Visado del Colegio, sin ninguna exclusión, todos los contratos de trabajo profesional en que intervengan en el ejercicio libre de la profesión.
- Efectuar el cobro de sus honorarios a través del Colegio.
- Abstenerse de intervenir en trabajo profesional para el que haya sido designado con anterioridad otro colegiado sin obtener la correspondiente autorización del Colegio.