PORTAL DE TRANSPARENCIA

El Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Española COMME comparte el sometimiento al principio de transparencia en su gestión dispuesto en el artículo 11 de la Lay 2/1974 de 13 de febrero, así como en la disposición novena de la ley 19/2013 de 9 de diciembre de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

El Departamento del COMME encargado de dar cumplimiento a las obligaciones que contempla la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, será la Secretaría General.

En cumplimiento de la citada normativa, el Portal de Transparencia del COMME presenta toda la información disponible a este respecto y lo hace de forma fácilmente comprensible, de fácil acceso y de forma gratuita para cualquier persona. Da cuenta de los siguientes aspectos de su organización:

revision septiembre 2024

POLITICA DE CALIDAD

La Política de Calidad de COMME, tiene como objetivo primordial una gestión eficaz, transparente y profesionalizada de los cursos que imparte. Con ello se obtendrá la plena satisfacción de sus clientes, suministrando servicios acordes a sus especificaciones, cuya calidad corresponda a las expectativas creadas, de forma que sirvan de base para depositar su confianza en los servicios ofrecidos.

Para COMME, la atención al cliente tiene especial relevancia, se mantiene la información continua, transparente y veraz, tomando en cuenta todas las sugerencias, consiguiendo con ello un acercamiento más directo a los clientes y captando sus necesidades. La eficiencia de nuestro servicio consiste en que no sólo buscamos lo mejor para cada cliente, sino que encontramos lo mejor, dependiendo de sus necesidades.

La disposición de competentes equipos profesionales y de una adecuada tecnología empresarial, unidas a una inequívoca y decidida voluntad de servicio, permitirán mejorar la calidad como resultado del trabajo, consolidando el futuro de COMME.

COMME se caracteriza no sólo por la transparencia en su gestión, sino también por su claridad y ambición, todo ello como metodología para la búsqueda de la mejora continua en el establecimiento de objetivos y compromisos:

  • Alcanzar la plena satisfacción del alumno
  • Respetar los contratos y la normativa legal vigente
  • Ofrecer un trato personalizado a los alumnos
  • Compromiso de mejora continua

El logro de estos compromisos y objetivos es responsabilidad de todos y cada uno de los que componen esta organización, basado en la correcta preparación y puesta a punto de nuestros recursos técnicos y humanos, a través de un proceso continuo de mejora de los mismos, por una formación en nuevas técnicas y la implantación de las mismas a todos los niveles, incluyendo en este proceso a sus proveedores.

COMME ofrece un servicio completo en todas sus áreas, las cuales actúan unidas y en una sola dirección, consiguiendo el mejor resultado, porque su objetivo es la satisfacción total de sus clientes.

RETRIBUCIONES

La pertenencia a la Junta de Gobierno del COMME no está retribuida. Los trabajadores del Colegio de Oficiales de la Marina Mercante perciben una remuneración correspondiente a su actividad y jornada establecidas en cada uno de sus contratos y sujeta a los derechos de intimidad y privacidad que la Institución respeta.

SUBVENCIONES - CONVENIOS SUSCRITOS- ENCOMIENDAS DE GESTION

SUBVENCION

El Colegio de Oficiales de la Marina Mercantes Española ha recibido las siguientes subvenciones, según se reflejn anyualmente en la Memoria:

-Subvencion para atender los Servicios de asistencia a órganos consultivos de la Administración . Ministerio de Trabajo e Inmigración (hoy Ministerio de Trabajo y Economía Social)

-En 2019 la cantidad de 1583,70 euros

-En 2020 la cantidad de 1621,88 euros

En 2022 la cantidad de 1802,90 euros

- En 2023 la cantidad de   2431,79 euros

 

CONVENIOS SUSCRITOS

En la actualidad no hay ningun convenio suscrito

ENCOMIENDAS DE GESTION

En la actualidad no hay ninguna encomienda suscrita

 

CONTRATACION

Para consultar las licitaciones de contrataciones abiertas, pinchar aquí. (ahora mismo no hay licitaciones abiertas).

El COMME en la actualidad no ha sido adjudicatario de contratos públicos

NORMATIVA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1974-289

LEY DE CREACIÓN: Ley 42/1977, de 8 de junio (B.O.E. nº 139, de 11 de junio de 1977). (incluir enlace a BOE) https://www.boe.es/buscar/pdf/1977/BOE-A-1977-13678-consolidado.pdf

ESTATUTOS: Real Decreto 2020/1980, de 31 de julio (B.O.E. nº 242, de 8 de octubre de 1980). https://www.boe.es/eli/es/rd/1980/07/31/2020

 

       ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

Son órganos de gobierno del Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Española, el Pleno y la Junta de Gobierno

El Pleno del Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Española lo constituirán todos los Colegiados inscritos con derecho a voto.

Sera Presidente del Colegio el que lo sea de su Junta de Gobierno.

 

El Pleno se reunirá una vez al año, o más si el Presidente lo considera necesario. Su convocatoria se efectuará por acuerdo del Presidente o de la Junta de Gobierno o a petición de un 25     por 100 del total de colegiados.

La Junta de Gobierno del COMME estará constituida por un Presidente, dos Vicepresidentes, un Secretario, un Tesorero y un numero de Vocales, que no será inferior a 12 ni superior a 24, siendo dicho número de Vocales proporcional al numero de colegiados para cada una de las tres especialidades de Puente, Máquinas y Radioelectrónica

La Junta de Gobierno representará al Colegio en todos los actos oficiales y desempeñará las funciones corporativas de su jurisdicción con todos los derechos y obligaciones que se deriven de lo dispuesto en estos Estatutos y de los acuerdos emanados del Pleno, quedando facultada para adoptar cuantas medidas legales y reglamentarias estime pertinentes para mejor asegurar el cumplimiento de aquéllas. 

ESTRUCTURA DE GESTION 

 

Al ser una organización pequeña, carece de una estructura de gestión en sentido estgricto y que solo se cuenta personal administrativo de apoyo y asistencia juridica.

 

CONSULTA

Puede contactar con nosotros para cualquier duda relacionada, en el siguiente formulario de contacto:

http://www.comme.org/content/contacto

INFORMACIÓN PRIVADA

Esta información es accesible para los colegiados y colegiadas del COMME a través del Área Reservada.

Convenios firmados por el colegio

Protocolo de situaciones de amenazas/agresiones/ a colegiados

ORGANIGRAMA

 

 

COMPOSICIÓN JUNTA DE GOBIERNO

 

 

                                                                                                        Perfil y trayectoria

             Presidente:                              D. Germán de Melo y Rodríguez     Jefe de Maquinas de la Marina Mercante

Vicepresidente 1º:                                D. José María Mayan Vilariño                   Capitan de la Marina Mercante

Vicepresidente 2º:                                 D. Marcelino Fernández Fernández        Oficial Radioelectronico de 1ª

Secretario General:                                D. José María Arrojo Fernández             Capitan de la Marina Mercante

Tesorero:                                               D. Manuel Viñas Agis -                         Capitan de la Marina Mercante

 

Vocales:

 

1.         Dª. Patricia López Calvo Titulado superior Nautica

2.         D. Adolfo de la Cruz VargasTitulado superior Nautica

3.         Dª. Iria Rego CarreiraTitulado superior Nautica

4.        D Jorge Parada Mejuto Titulado superior Nautica

5.         D. David Jesús Brito HernándezTitulado superior Nautica

6.         D. José Antonio Santos PérezTitulado superior Nautica

7.         D. Angel Soto VazquezTitulado superior Nautica

8.         Dª Esther Vazquez OjeaTitulado superior Nautica

9.         D. Antonio Ceferino BermejoTitulado superior Nautica

10.       Dª. Margarita Rodríguez AlegreTitulado superior Nautica

11.       D. Alonso Traba RegueroTitulado superior Nautica

12.       D. Pedro Aller ValdésTitulado superior Nautica

 

ORGANIGRAMA

CANAL DENUNCIAS LEY 2/2023
El Sistema Interno de Información del COMME constituye un instrumento  con el fin de formular denuncias, sobre posibles infracciones relativas a las materias previstas en el artículo 2 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
 
De acuerdo con la prescripción establecida en el artículo 42 de la Ley 2/2023, el SIIMC constituye el cauce preferente para informar sobre las acciones u omisiones previstas en la propia norma. La opción del legislador al considerar este camino como el más eficaz para acusar recibo de las irregularidades e instar su corrección, no impide al informante de elegir el modo, interno o externo, en que quiere trasladar su denuncia en función del riesgo que asuma y la posibilidad de recibir represalias.
 
El SIIMC se encuentra disponible Y fácilmente identificable del portal web del COMME, estando diseñado y gestionado para garantizar que la confidencialidad de la identidad del denunciante y de cualquier tercero mencionado en la denuncia se encuentren protegidas y se impida el acceso a ellas por parte de personal no autorizado.
 
El procedimiento de recepción, gestión y registro garantiza que cualquier denuncia presentada será tratada de forma profesional y confidencial, adoptando las medidas oportunas para proteger los derechos y los intereses del denunciante y del Ministerio de Consumo, en cumplimiento de las previsiones de la Directiva (UE) 2019/1937 de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión y de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
 
El procedimiento de recepción, gestión y registro garantiza que cualquier denuncia presentada será tratada de forma profesional y confidencial, adoptando las medidas oportunas para proteger los derechos y los intereses del denunciante y del Ministerio de Consumo, en cumplimiento de las previsiones de la Directiva (UE) 2019/1937 de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión y de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
 
Dirección de correo electrónico: canaldenuncias@comme.org
Teléfono: 917451507 
REGISTRO DE ACTIVIDADES DE TRATAMIENTO

 Registro de actividades de tratamiento COMME.pdf   Registro de actividades de tratamiento de datos

 

 

Protección de datos - RGPD-DPD

Información en la recogida y tratamiento de los datos

A continuación, se muestra la información exigida por el Reglamento UE de Protección de Datos de Carácter Personal

 

 

Delegado de Protección de Datos

D. Jose M Arrojo Fernandez

Secretario General

Tel. 917451506   info@comme.org

COMME

c/ San Ernesto, 16, 1  28002. Madrid

 

Registro de actividades de tratamiento de datos

 

 
 

Ejercicio de derechos del Reglamento Europeo de Protección de Datos (RGPD)

Los derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición y limitación del tratamiento están reconocidos en el Reglamento Europeo de Protección de Datos(Abre en nueva ventana) y permiten conocer qué información personal nuestra está siendo tratada por un responsable, de quién o de dónde han obtenido esos datos y a quién se los ha cedido. También permiten modificar o rectificar errores, cancelar datos que no se deberían estar tratando, oponernos a tratamientos de datos personales realizados sin nuestro consentimiento o limitar ese tratamiento de los datos en algunos supuestos concretos.

Para ejercerlos, es importante conocer una serie de aspectos:

  • Deben ser ejercidos directamente por el/la interesado/a ante cada uno de los responsables/titulares de los ficheros. Si se actúa en nombre de otra persona, es necesario acreditar que nos ha autorizado a representarla.
  • La legislación establece que para ejercer estos derechos es imprescindible que el/la ciudadano/a se dirija en primer lugar a la entidad que está tratando sus datos utilizando cualquier medio que permita acreditar el envío y la recepción de la solicitud. Si la entidad no responde a la petición realizada en el plazo establecido por ley o el/la ciudadano/a considera que la respuesta que recibe no es la adecuada, puede solicitar que la Agencia Española de Protección de Datos tutele su derecho frente al responsable.
  • Son derechos independientes, por lo que no es necesario ejercitar en primer lugar el derecho de acceso para poder rectificar o cancelar.
  • El ejercicio de estos derechos debe ser sencillo, gratuito y no puede suponer ingreso adicional alguno para el responsable, que debe facilitar un procedimiento para el ejercicio de los derechos. Es recomendable utilizar dicho procedimiento, si bien el/la responsable/a no puede desatender una solicitud que, debidamente presentada, utilice otro medio.
  • El contenido de la solicitud debe incluir: el nombre y apellidos del/de la  interesado/a; fotocopia de su documento nacional de identidad, pasaporte u otro documento válido que lo identifique y, si fuera necesario, de la persona que le/la represente, así como el documento o instrumento electrónico acreditativo de tal representación; detalle de la petición que se realiza; dirección a efectos de notificaciones; fecha y firma del solicitante; y documentos acreditativos de la petición que formula si fuera necesario.
  • El/La responsable/a debe atender la petición, incluso cuando no existan datos personales del/de la solicitante, así como garantizar que su organización sea capaz de informar sobre cómo ejercer los derechos.

 

 

VARIOS

Ejemplo