PORTAL DE TRANSPARENCIA

El Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Española COMME comparte el sometimiento al principio de transparencia en su gestión dispuesto en el artículo 11 de la Lay 2/1974 de 13 de febrero, así como en la disposición novena de la ley 19/2013 de 9 de diciembre de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno.

El Departamento del COMME encargado de dar cumplimiento a las obligaciones que contempla la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, será la Secretaría General.

En cumplimiento de la citada normativa, el Portal de Transparencia del COMME presenta toda la información disponible a este respecto y lo hace de forma fácilmente comprensible, de fácil acceso y de forma gratuita para cualquier persona. Da cuenta de los siguientes aspectos de su organización:

revision julio 2023

POLITICA DE CALIDAD

La Política de Calidad de COMME, tiene como objetivo primordial una gestión eficaz, transparente y profesionalizada de los cursos que imparte. Con ello se obtendrá la plena satisfacción de sus clientes, suministrando servicios acordes a sus especificaciones, cuya calidad corresponda a las expectativas creadas, de forma que sirvan de base para depositar su confianza en los servicios ofrecidos.

Para COMME, la atención al cliente tiene especial relevancia, se mantiene la información continua, transparente y veraz, tomando en cuenta todas las sugerencias, consiguiendo con ello un acercamiento más directo a los clientes y captando sus necesidades. La eficiencia de nuestro servicio consiste en que no sólo buscamos lo mejor para cada cliente, sino que encontramos lo mejor, dependiendo de sus necesidades.

La disposición de competentes equipos profesionales y de una adecuada tecnología empresarial, unidas a una inequívoca y decidida voluntad de servicio, permitirán mejorar la calidad como resultado del trabajo, consolidando el futuro de COMME.

COMME se caracteriza no sólo por la transparencia en su gestión, sino también por su claridad y ambición, todo ello como metodología para la búsqueda de la mejora continua en el establecimiento de objetivos y compromisos:

  • Alcanzar la plena satisfacción del alumno
  • Respetar los contratos y la normativa legal vigente
  • Ofrecer un trato personalizado a los alumnos
  • Compromiso de mejora continua

El logro de estos compromisos y objetivos es responsabilidad de todos y cada uno de los que componen esta organización, basado en la correcta preparación y puesta a punto de nuestros recursos técnicos y humanos, a través de un proceso continuo de mejora de los mismos, por una formación en nuevas técnicas y la implantación de las mismas a todos los niveles, incluyendo en este proceso a sus proveedores.

COMME ofrece un servicio completo en todas sus áreas, las cuales actúan unidas y en una sola dirección, consiguiendo el mejor resultado, porque su objetivo es la satisfacción total de sus clientes.

RETRIBUCIONES

La pertenencia a la Junta de Gobierno del COMME no está retribuida. Los trabajadores del Colegio de Oficiales de la Marina Mercante perciben una remuneración correspondiente a su actividad y jornada establecidas en cada uno de sus contratos y sujeta a los derechos de intimidad y privacidad que la Institución respeta.

SUBVENCIONES

El Colegio de Oficiales de la Marina Mercantes Española ha recibido las siguientes subvenciones, según se reflejn anyualmente en la Memoria:

-Subvencion para atender los Servicios de asistencia a órganos consultivos de la Administración .

-En 2019 la cantidad de 1583,70 euros

-En 2020 la cantidad de 1621,88 euros

En 2022 la cantidad de 1802,90 euros

CONTRATACION

Para consultar las licitaciones de contrataciones abiertas, pinchar aquí. (ahora mismo no hay licitaciones abiertas).

NORMATIVA

Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1974-289

LEY DE CREACIÓN: Ley 42/1977, de 8 de junio (B.O.E. nº 139, de 11 de junio de 1977). (incluir enlace a BOE) https://www.boe.es/buscar/pdf/1977/BOE-A-1977-13678-consolidado.pdf

ESTATUTOS: Real Decreto 2020/1980, de 31 de julio (B.O.E. nº 242, de 8 de octubre de 1980). https://www.boe.es/eli/es/rd/1980/07/31/2020

CONSULTA

Puede contactar con nosotros para cualquier duda relacionada, en el siguiente formulario de contacto:

http://www.comme.org/content/contacto

INFORMACIÓN PRIVADA

Esta información es accesible para los colegiados y colegiadas del COMME a través del Área Reservada.

Convenios firmados por el colegio

Protocolo de situaciones de amenazas/agresiones/ a colegiados

ORGANIGRAMA

COMPOSICIÓN JUNTA DE GOBIERNO

 

 

 

Presidente:                                               D. Manuel Jorge Parada Mejuto

Vicepresidente 1º:                                  D. Germán de Melo y Rodríguez

Vicepresidente 2º:                                 D. Marcelino Fernández Fernández

Secretario General:                               D. José María Arrojo Fernández

Tesorero:                                                 D. Manuel Viñas Agis

 

Vocales:

 

  1. Dª. Patricia López Calvo
  2. D. Adolfo de la Cruz Vargas
  3. Dª. Iria Rego Carreira
  4. D. José María Mayan Vilariño
  5. D. David Jesús Brito Hernández
  6. D. Damián Aguín Losada
  7. D. José Antonio Santos Pérez
  8. D. Alfonso Durio Ducha
  9. D. José Manuel Rodriguez Crespo        
  10. Dª. Margarita Rodríguez Alegre
  11. D. Alonso Traba Reguero
  12. D. José Javier Pérez Villamor

 

CANAL DENUNCIAS LEY 2/2023
El Sistema Interno de Información del COMME constituye un instrumento  con el fin de formular denuncias, sobre posibles infracciones relativas a las materias previstas en el artículo 2 de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
 
De acuerdo con la prescripción establecida en el artículo 42 de la Ley 2/2023, el SIIMC constituye el cauce preferente para informar sobre las acciones u omisiones previstas en la propia norma. La opción del legislador al considerar este camino como el más eficaz para acusar recibo de las irregularidades e instar su corrección, no impide al informante de elegir el modo, interno o externo, en que quiere trasladar su denuncia en función del riesgo que asuma y la posibilidad de recibir represalias.
 
El SIIMC se encuentra disponible Y fácilmente identificable del portal web del COMME, estando diseñado y gestionado para garantizar que la confidencialidad de la identidad del denunciante y de cualquier tercero mencionado en la denuncia se encuentren protegidas y se impida el acceso a ellas por parte de personal no autorizado.
 
El procedimiento de recepción, gestión y registro garantiza que cualquier denuncia presentada será tratada de forma profesional y confidencial, adoptando las medidas oportunas para proteger los derechos y los intereses del denunciante y del Ministerio de Consumo, en cumplimiento de las previsiones de la Directiva (UE) 2019/1937 de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión y de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
 
El procedimiento de recepción, gestión y registro garantiza que cualquier denuncia presentada será tratada de forma profesional y confidencial, adoptando las medidas oportunas para proteger los derechos y los intereses del denunciante y del Ministerio de Consumo, en cumplimiento de las previsiones de la Directiva (UE) 2019/1937 de 23 de octubre de 2019, relativa a la protección de las personas que informen sobre infracciones del Derecho de la Unión y de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción.
 
Dirección de correo electrónico: canaldenuncias@comme.org
Teléfono: 917451507