Actualización de tarjeta profesional sección radioelectrónica

HOMOLOGADO POR EL MISNISTERIO DE FOMENTO.

Normativa legal

Las titulaciones profesionales de la marina mercante en España están determinadas, principalmente, en la normativa siguiente: Real Decreto 2062/1999, por el que se regula el nivel mínimo de formación en profesiones marítimas, Real Decreto 652/2005, de 7 de junio, de modificación del R.D. 2062/99, y el Real Decreto 930/1998, de 14 de mayo, sobre condiciones generales de idoneidad y titulación de determinadas profesiones de la marina mercante y del sector pesquero la orden de 21 de junio de 2001 del Ministerio de Fomento sobre tarjetas profesionales de la Marina Mercantela Orden FOM/1839/2005, de 10 de junio, que modifica la Orden de 21 de junio de 2001, y la Orden FOM/3302/2005, de 14 de octubre, por la que se regula la prueba o curso de actualización preciso para obtener la revalidación de las tarjetas de la Marina Mercante, modificada por Orden FOM/884/2008, de 25 de marzo.

 

Objetivo: 
Regular el procedimiento de expedición de los títulos y de las tarjetas profesionales de la Marina Mercante, de su renovación y revalidación, las condiciones de validez de los períodos de embarco y la formación práctica necesaria para la obtención de los títulos profesionales.
Duración: 
16 horas
Programa: 

SECCION RADIOELECTRÓNICA (16 horas)

  • Enviar una llamada de socorro con cada uno de los aparatos del SMSSM que permitan esta función.
  • Recibir y atender, en su caso, una llamada de socorro iniciada por otro barco o por una estación de tierra.
  • Recibir, por el medio apropiado, información de ayuda a la navegación.
  • Mantener comunicaciones generales con cada uno de los aparatos del SMSSM que permitan esta función, en forma hablada y escrita, tanto en español como en inglés.

 

 

Modalidades: 
Presencia