Con carácter general, los Colegiados,
para fijar sus honorarios, habrán de ponderar los diversos factores en cada caso
concurrentes, tales como el trabajo profesional realizado, la mayor o menor complejidad
del asunto o proyecto, el tiempo utilizado, el presupuesto del proyecto, cuantía
del asunto y resultados obtenidos según el caso, en mérito de los servicios profesionales
prestados.
El Colegiado podrá acordar libremente
con su cliente la forma y el plazo en que habrán de satisfacerse sus honorarios.
El grado de especialización profesional u otras circunstancias especiales determinantes
de la elección del profesional Colegiado podrán tenerse en cuenta en la relación
directa con el propio cliente.
Debe resaltarse que los Criterios
sobre Honorarios Profesionales responden a una finalidad meramente orientadora,
no arancelaria, de donde los Colegiados no están obligados a someterse a tales parámetros.
A fin de facilitar la consulta y
calculo de los criterios sobre honorarios y derechos de visado en alguno de los
trabajos profesionales, se dispone de un calculador de los mismos.